martes, 8 de mayo de 2012


La detención del coche sin parar el motor podrá ser objeto de sanción en Madrid







Nos lo enseñan hoy en las autoescuelas: si nos encontramos con una retención, un atasco, y pasamos un minuto detenidos, pararemos el motor pues gastamos menos combustible así que permaneciendo al ralentí. De hecho es gracioso, porque sigue habiendo gente que cree que el ralentí no gasta (¿mande?) mientras que apagar y encender el motor “gasta más”. Este tema a lo mejor lo dejamos para otro día, pero lo que nos ocupa ahora, la actualidad, es que en Madrid pretenden modificar su Ordenanza de Movilidad de forma que sea sancionable la acción de detención+motor en marcha. Es algo que no está 100% decidido, está en grado de propuesta.
Hasta 100 euros se podrían ver reflejados en la “nota” que nos deje la autoridad por detenernos un momentito y dejar el motor en marcha, gastando y contaminando el ambiente. Vale para muchos casos de “solo es un momentito“: comprar el periódico, esperar a alguien, ir a por el pan, bajarse afumetear… Vamos a verlo con más detalle y a comentar una cosa que no me ha quedado nada, nada clara en la definición.
Civismo. Medio ambiente. Sostenibilidad. Educación Vial. Los conceptos relacionados con el hecho dedetener el coche y apagar el motor son muchísimos. Ahora tenemos que añadir otro, la reprimenda, el “con sanción, todo se aprende mejor”. Realmente no se qué va antes en este caso, si el huevo (intentar educar a los conductores para apagar el motor cuando nos detengamos para gastar menos, contaminar menos) o la gallina (multar a quien no haya aprendido a apagar el motor como intento de “reeducación”). Realmente no se, siquiera, si existe un afán educativo en todo esto. A continuación un extracto de la reforma de la Ordenanza:
Por último cabe destacar, una nueva medida que contempla el referido Plan de Calidad del Aire, como es regular la prohibición del mantenimiento del motor encendido de vehículos estacionados. Esta medida que contribuirá al aminoramiento de las emisiones de contaminantes de la calidad del aire se va a implantar incorporándola a la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid.
Además:
Quedan excluidos de esta obligación los siguientes vehículos:
a) Los que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directa nulas).
b) Los vehículos eléctricos enchufables PHE (Plug in Hybrid Vehicle).
c) Los destinados a la prestación de asistencia socio-sanitaria, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, de la Policía Municipal, Agentes de Movilidad y de Bomberos.
Para quedar excluidos de la obligación prevista en este apartado, los vehículos a que se refieren las letras a) y b) deberán exhibir en lugar visible el correspondiente distintivo expedido por el Ayuntamiento de Madrid que les acredite como tales.

¿Vehículos estacionados o vehículos parados?

No me gustan las cosas que no están claras, y esta en principio no lo está para mi. Si la Ordenanza habla de vehículos estacionados, claramente como podéis ver en la cita anterior, ¿significa quepuedo ser multado si realizo una parada? Con el texto en la mano no debería ser así, ya que la parada es voluntaria y “se define como la inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a 2 minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo“.

El estacionamiento tiene una definición curiosa, porque es la situación de inmovilización del vehículo que no es ni una parada, ni una detención. Y para cerrar el círculo (muy vicioso) de definiciones, la detención es la inmovilización del vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario. Es involuntaria, si es que se puede decir eso.
Yo, que soy una persona a la que le gusta seguir las recetas al pie de la letra (luego ya inventaré), que le gusta seguir las instrucciones a rajatabla para asegurarme de que los fallos en alguna cosa no dependan de no haber seguido yo los pasos marcados, no puedo evitar pensar que esto está mal pensado. O lo que es peor, bien pensado, pero mal ejecutado. Que estacionar (aparcar, en cristiano) y dejar el motor en marcha no parece una de las acciones más frecuentes, pero sí hacer una parada en doble fila y dejar el motor en marcha. Y sí estar en una retención larga y lenta y no apagar el motor. O esperar a una persona con el motor en marcha mientras escuchamos los grandes éxitos.
Y por eso, a mi, maniático total y absoluto de la coherencia entre lo que leo y lo que significa (y quiere significar) me parece que se quiere sancionar unas prácticas que no se corresponden exactamente con lo que ha quedado escrito. Y que aquí puede haber vía libre para recetar 100 euros según el caso, según la interpretación y según si sopla de levante o del norte. ¿Quién va a cronometrar el tiempo? ¿Y si paro el coche 10 segundos, delante de un municipal, reajusto el asiento y reemprendo la marcha? ¿Me pararán?

viernes, 27 de abril de 2012


Puente de mayo complejo en las carreteras españolas






Mañana se inicia un fin de semana largo y conflictivo en las carreteras españolas. Da comienzo elpuente del Primero de Mayo, que en la Comunidad de Madrid se extiende un día más por ser festivo el día 2, y que este año, además, coincide con la celebración del Gran Premio de España de Motociclismo que se celebra en Jerez y con la Feria de Sevilla.
Tráfico espera un total de 6,5 millones de desplazamientos, sobre todo localizados en las carreteras que se dirigen hacia las zonas turísticas del litoral, principalmente Andalucía, Cataluña y el levante, también las zonas de montaña y las segundas residencias. El buen tiempo que nos ha acompañado es otro factor que hace aumentar la expectativa de la movilidad; aunque cuidado, porque parece que esas circunstancias han cambiado ya.
De las previsiones que espera la DGT allá donde tiene competencias sobre la gestión de las carreteras, destacan los movimientos de Madrid y su entorno y en segundo lugar los correspondientes a Andalucía, seguidos muy de cerca por la zona de la Comunidad Valenciana y Murcia.
Se espera que las grandes afluencias de vehículos se concentren en las vías de salida de las grandes ciudades, por lo que conviene estar alerta con las más que esperables retenciones para evitar colisiones por alcance. También es recomendable descansar adecuadamente, ya que las situaciones de tráfico denso tienden a fatigarnos más.
Las horas más desfavorables para viajar durante la operación salida, serán entre las 16 y las 22 horas del viernes 27 de abril y entre las 9 y las 13 horas del sábado, cuando se espera una mayor intensidad en la circulación de las principales vías de la red de carreteras. Quizá no es ya tanto que haya que evitar esas horas como sea, sino que se recomienda estar alerta si tenemos que desplazarnos durante esas franjas.
En cuanto a la operación retorno, cabe esperar que se escalone en dos días, dependiendo de si la población de destino está en la Comunidad de Madrid o fuera de ella. En cualquier caso, las tardes de los días 1 y 2 de mayo serán especialmente conflictivas.
Desde la DGT se prevé un dispositivo que incluye el balizamiento con conos para crear carriles adicionales que aumenten la capacidad de las vías en los momentos de máxima afluencia de vehículos, también la restricción del tráfico pesado y la paralización de obras que puedan afectar a los desplazamientos previstos. Habrá casi 24.000 personas trabajando estos días para que la circulación sea lo más fluida y segura posible.
Además, Tráfico ha habilitado un apartado dentro de su portal que nos puede ayudar a elegir una ruta alternativa si nos desplazamos de un punto a otro de la Península Ibérica y no necesitamos pasar por la zona centro, que suele ser la que más se satura. También ha establecido itinerarios alternativos a la A-1 a su paso por las provincias de Segovia y Burgos; la AP-6 en el tramo de San Rafael-Villacastín, en la provincia de Segovia; la A-3 a su paso por la provincia de Cuenca y la A-4 entre Valdepeñas y Almuradiel, en provincia de Ciudad Real. Todos ellos están afectados por obras.
En cuanto a las medidas que atañen al conductor, sólo podemos recordar las más evidentes (planificar el viaje, descansar e hidratarse, nada de alcohol, usar los sistemas de retención, conducir con tranquilidad y atención, no olvidar todo esto en los desplazamientos cortos), consultar la previsión meteorológica y explicar las formas de informarse acerca del estado de las carreteras que la DGTpone a disposición de todos los conductores:
  • por teléfono móvil, enviando un sms a su operador (Movistar: 505/404/e-moción; Vodafone: 141; Orange: 2221) con la palabra Tráfico, un espacio y las siglas de la provincia (por ejemplo, BU es Burgos) o el nombre de la carretera que quiera consultar (por ejemplo, A-1),
  • por llamada telefónica al 011,
  • por internet en dgt.es,
  • por teletexto en las cadenas de televisión,
  • por los boletines radiofónicos y de televisión.
Si salís estos días, ya sabéis: precaución… ¡y que tengáis un buen viaje!

sábado, 21 de abril de 2012

¿Es seguro conducir después de un infarto?



















¿Hasta qué punto el infarto de miocardio es un problema de seguridad vial? Sabemos que el infarto de miocardio es, junto con el resto de enfermedades cardiovasculares, una consecuencia de nuestro actual estilo de vida y una de las enfermedades que más morbilidad y mortalidad ocasionan en nuestro entorno. Por lo tanto, es un problema de gran repercusión.
Trasladado a la carretera, el infarto puede inducir a ciertos siniestros de tráfico que, a priori, se dan por inexplicables. Pero, ¿qué implicaciones tiene el infarto de miocardio en la conducción cuando hace tiempo que sucedió? ¿Puede ocasionar en el conductor una merma de las capacidades que requiere el manejo de vehiculos? ¿Hay “vía” después del infarto?
Una de las situaciones que más controversia plantea el infarto de miocardio ocurre cuando el infarto ya ha tenido lugar y el sujeto, que además de paciente es conductor, debe volver a su vida “normal” tras haber superado el episodio. Afortunadamente cada vez son más las personas que sobreviven a un infarto de miocardio, en parte debido a las estrategias de recanalización de una arteria coronaria obstruida, que al fin y al cabo es el sustrato de la patología.
Y al ser cada vez más, más son también los dilemas que se plantean al resituar a la persona en las actividades de la vida normal: desde el trabajo, pasando por las relaciones de todo tipo, hasta llegar a una actividad que tiene mucho de relación social: la circulación de vehículos. En el momento del alta médica, ya sea en Atención Primaria u Hospitalaria, no son pocos los que lanzan estas preguntas a su doctor: “¿Cuándo volveré al trabajo? ¿Cuándo podré volver a conducir?

Criterios para evaluar la vuelta a la conducción

Son las inquietudes clásicas de una persona que se ha visto apartada de su vida habitual y quiere recuperar cuanto antes la normalidad. Como es lógico, aquí no vamos a ejercer de médicos, ya que cada persona es un mundo y este tipo de cuestiones deben resolverse en la consulta, pero sí que podemos enumerar los parámetros que guían a los profesionales de la medicina a la hora de estimar cuándo una persona que ha sufrido un infarto puede volver a hacer eso que se llama “vida normal”.
Hace años que las directrices que emplean los médicos están recogidas y tabuladas por las sociedades europea y norteamericana de Cardiología, y obedecen básicamente a estos tres parámetros:
  1. El grado de discapacidad generado por el fallo mecánico de un corazón afectado por infarto. Es decir, el fallo de la “bomba” que expulsa sangre al torrente, que es lo que se llama insuficiencia cardiaca derivada. Dependiendo de este grado de discapacidad, puede ser que a la persona le cueste respirar sólo con salir del aparcamiento. Afortunadamente este extremo suele ser la excepción, pero no deja de ser causa de restricción a la conducción.
  2. Las complicaciones derivadas del fallo eléctrico de un corazón dañado; es decir, las posibles arritmias que pueda sufrir la persona aun habiendo conseguido una buena función cardiaca. Una arritmia en mitad del tráfico puede suponer un grave riesgo para la seguridad vial de la persona y de cualquier otro usuario de la vía que se encuentre en su entorno más próximo.
  3. Y como en tanta enfermedad, a la hora de conducir influyen los fármacos o dispositivos que deberá incorporar la persona a su día a día, ya sea de forma transitoria o definitiva. Hay fármacos que interfieren en la seguridad vial, como los betabloqueantes, y también dispositivos que se implantan bajo la piel y que producen de forma automática descargas eléctricas como si fueran pequeños desfibriladores para restablecer el ritmo cardiaco.
Lógicamente, en cada caso el médico tendrá que considerar las múltiples variables que hayan rodeado el infarto de la persona afectada, de manera que cada paciente saldrá con una situación clínica o un pronóstico diferente. Por lo general (esto es, salvo excepciones) cada actividad que realizaba la persona en su antigua vida la va a recuperar de forma secuencial: primero una cosa y luego, la otra.
La conducción no es una excepción.

Revisiones médicas del conductor tras el infarto

En general, para un infarto de miocardio sin complicaciones la Sociedad Americana de Cardiologíaestima en 3 meses el tiempo mínimo que debe pasar antes de que el afectado coja un coche. Por su lado, la Sociedad Europea de Cardiología fija ese plazo en un mes. Para los conductores profesionales, los americanos esperan 3 meses antes de reevaluar la situación, mientras que en Europa se dan 6 semanas con una prueba de esfuerzo normal sin fármacos seguida por electrocardiograma.
Unos organismos son más conservadores que otros, sí, pero a ambos los guía una misma razón: la elevada incidencia de episodios tales como re-infartos o arritmias que se presentan tras estos períodos del alta hospitalaria. Por lo tanto, es algo que conviene vigilar muy de cerca antes de volver a conducir.
Después de ese período de vigilancia y siempre que la persona esté libre de síntomas incapacitantes, deberá obtener con menos tiempo que el conductor de su misma edad un informe favorable del especialista para reconocer la capacidad para conducir, sin perjuicio de que si se cree oportuno le pueda quedar restringida para siempre la conducción.
Vamos con un ejemplo: llevar implantado un desfibrilador automático implica una serie de revisiones cuya periodicidad puede ser de hasta 6 meses. Así se corrobora el buen funcionamiento del dispositivo y el número de descargas que aplica. Este aparatito salva al conductor de esas arritmias que al volante podrían resultar peligrosísimas, pero aun con la descarga la persona puede llegar a perder la conciencia de forma transitoria. Es decir, que aunque estuviera protegido por la máquina, alguien podría perder el permiso de conducir por seguir padeciendo “demasiadas” descargas, fueran apropiadas o no.
¿Hay “vía” más allá del infarto de miocardio? ¿Se puede conducir después de un infarto? Sí, si con los debidos controles médicos así lo aconseja el galeno, como sucede con otras tantas enfermedades.
Asesoramiento | Dr. Josep Serra
Foto | JHeuserAndrew MaloneParker Michael Knight
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Problemas de tiroides y su influencia en la seguridad vial