lunes, 5 de septiembre de 2011

Pagar multas según la renta, ¿sí o no?


Pagar multas según la renta, ¿sí o no?






Este es uno de esos debates que, como el Guadiana, viene y va. ¿Es lícito, útil, recomendable, etcétera, que se impongan las sanciones teniendo en cuenta el nivel de rentas del sancionado? ¿Debe pagar lo mismo alguien que cobra menos de mil euros al mes que alguien que se baña en billetes como el Tío Gilito? ¿Funcionaría esto en España de manera parecida a como dicen que funciona en Finlandia?
El asunto, que como digo es cíclico, ha vuelto porque la Unión de Guardias Civiles lo ha puesto sobre la mesa, y es que están acostumbrados a ver a pie de calle cómo funciona esto de las multas. Al que cobra 600 euros y le imponen 300 de sanción le rompen la vida, mientras que al que tiene dinero para aburrir esos 300 euros le saben a poco en comparación con el ratito de diversión que se ha llevado.
Pero vamos, que es un debate que admite tantas opiniones como puntos de vista.
Puede decirse que en España tenemos un texto llamado Constitución, que garantiza que todos seamos iguales ante la Ley y que por tanto las sanciones también lo son con independencia del nivel económico del sancionado. Y a este argumento puede contraponerse que ni iguales ante la Ley ni gaitas. Que aquí quien más tiene es el que mejor defensa se consigue y que al final siempre pringan los mismos. Además, la Constitución bien puede reformarse, incluso por sorpresa, ¿o no?
Puede decirse que España no es Finlandia, y que aquí no tenemos la misma cultura que allí y bla bla bla. Vamos, los argumentos de siempre para echar por tierra cualquier cambio en nuestra forma de hacer que suene a mínima modernización. Aunque, en efecto, ambos países no son comparables, ya que en España tenemos 47 millones de habitantes con una densidad de 93 personas por km2, mientras que allí arriba son algo más de 5 millones, con una densidad de 17 habitantes por km2. No tengo ahora mismo los datos de Finlandia, pero en España somos 25 millones de conductores, así que…
Puede decirse incluso que no es lógico que una persona que se queda sin trabajo quede de alguna manera exonerado de pagar por lo que infringe, por muy bondadoso que nos parezca el sistema de pago por renta. Sería como dar alas a quien no tiene nada que perder porque, total… Claro, que eso se arregla estableciendo un mínimo en las cuantías de las sanciones, y problema resuelto.

No es lo que tengo, es lo que digo tener

Pero si hay un argumento que parece incontestable, ese es el de la diferencia entre lo que se tiene y lo que se dice tener, porque de todos es sabido que en España el deporte nacional para los que mejor viven consiste en tener de todo pero nada en realidad. La empresa, a nombre de la mujer, y no gana nada porque le factura a otra empresa que le factura a otra empresa que al final ya no sabe a quién le factura; la casita de la sierra… que es del bebé; el Mercedacos de 14 metros de eslora, a nombre del perro, que es un fan del mundo del Motor. Y así.
Hablando de delegar propiedades… ¿qué haríamos con el chófer que corre que se las pela porque desde el asiento trasero se lo ordena su amo jefe? No hay que ir muy lejos para encontrar el ejemplo de un director general de Tráfico cuyo coche oficial fue denunciado públicamente en la tele por hacer algo parecido, pero también nos podemos remitir al caso del transporte por carretera. ¿Qué nivel de vida debería entrar en juego? ¿El del conductor que puede perder su empleo si no infringe la Ley o el del mandamás que le sugiere que vaya como un rayo si no quiere pasar a engrosar las listas del Inem?
Y si se impusieran sanciones en función del factor económico, ¿qué parámetros deberían emplearse? ¿Los rendimientos por el trabajo? ¿El patrimonio, quizá? ¿Las apariencias? Lo digo porque sea el que sea el criterio que se emplee, todo es maquillable, escamoteable y falseable; y más con el auge de la contabilidad creativa, que siempre ha existido, pero ahora se vende a cara descubierta y sin reparos.

La multa, castigo a la infracción

Ahora bien, la idea que no estoy acostumbrado a ver en un debate de estos es la que apunta hacia la multa como el castigo que no debiera existir. Es decir, sí que debe existir, pero no tenemos por qué vivirlo. Al fin y al cabo, una sanción se impone por una infracción. ¿O no es así? Si nos perdemos en cómo deben o no deben imponerse las sanciones, quizá estemos perdiendo de vista el punto esencial, que no es otro que la actitud del conductor.
El centro de toda preocupación debería ser evitar la sanción, y no preocuparse por cuál es la manera de fijar la cuantía. Porque, no lo olvidemos, la infracción es en muchas ocasiones la antesala del siniestro vial. Vale que una cosa no siempre supone la otra, pero de eso va precisamente la seguridad vial: de prever lo imprevisto para evitar el siniestro, en un primer término, y de minimizar las consecuencias de una posible colisión, ya en un segundo plano.
Se supone que la sanción tiene que ver con el primer aspecto, con luchar por la prevención en materia de siniestros por la vía del castigo, pero eso sólo es posible si el castigo sirve para reeducar al infractor. Entonces, ¿cuál es el coste real de esa reeducación? ¿Es un coste económico o con una multa no hay ni para empezar?
Como vemos, hay muchas cosas que se pueden decir. ¿Hay alguien que quiera comentarlas?

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